Para superar el
problema de liquidez internacional que presentaba el sistema de Bretton Woods,
el Fondo Monetario Internacional decidió crear en 1968, una moneda artificial
denominada Derecho Especial de Giro(DEG).
Si bien en esta primera reforma del sistema, los DEG han sido limitados a un papel de complemento de las monedas de reservas aceptadas por los acuerdos de Bretton Woods, en la segunda reforma, como tendremos oportunidad de apreciar más adelante, su función será el principal componente de las reservas monetarias internacionales.
Hasta la puesta en vigencia de los DEG, el fondo Monetario Internacional prestaba colaboración financiera a los países miembros que padecían problemas de pagos internacionales, solamente a través de procedimientos Crediticios y Condicionales. Crediticios, porque implicaba su reembolso en un lapso dado y Condicionales, porque el país solicitante debía cumplir con ciertos requisitos que en muchos casos significaba una verdadera pérdida de soberanía en el manejo de su economía. En cambio, la creación de DEG no está atada a ningún procedimiento de devolución o reembolso o sea que, una vez creados, permanecen en el sistema como una moneda de reserva más y se asignan los mismos a los distintos países sin ningún requisito que implique condicionalidad.
El instituto
organizador del sistema, a los efectos de implementar la instrumentación del
mecanismo, emitió y distribuyó entre los participantes certificados especiales
representativos de una cierta cantidad de dinero en función de la potencialidad
económica medida por el monto de ventas anuales de cada uno de ellos. Dichos
certificados no podían usarse directamente como instrumentos de pago, sino que
eran utilizados para llevar a cabo la siguiente operación: si un participante,
en un momento dado, tenía un problema de caja, comunicaba tal situación al ente
organizador. Este no facilitaba los fondos, sino que informaba al solicitante,
cuál de los participantes del sistema tenía fondos disponibles para canjearle
los certificados distribuidos. La institución financiera conocía de antemano a
los miembros del sistema cooperativo que estaban en condiciones de hacerlo. De
este modo el solicitante se hacía del efectivo necesario y el prestamista
particular recibía los certificados correspondientes, debiendo el primero pagar
interés por este tipo de colaboración y el otro, por supuesto, cobrar el
importe respectivo. El instituto organizador, por otra parte, únicamente
recibía una comisión en calidad de intermediario del sistema.
Tomando como
antecedente el caso hipotético descrito, podemos determinar con una mayor
precisión las características de los Derechos especiales de Giro, dado que
salvando las distancias, el meollo de la mecánica es lo explicado. En los puntos
siguientes, expondremos los rasgos más salientes que caracterizan el
funcionamiento del nuevo mecanismo internacional.
Ä Ente organizador y
participante: El Fondo Monetario Internacional es el
que tiene bajo su responsabilidad la administración del sistema de Derechos
Especiales de Giro. A este fin efectuó la apertura de una cuenta especial
separada de las otras operaciones que realizaba la institución. Todos los
miembros del organismo internacional podían participar en el nuevo sistema.
Ä Valoración del DEG: En su momento de creación, el DEG fue expresado en unidad de oro
equivalente a 0,88671
gramos de oro fino. Si se recuerda que en ese entonces
la onza troy podía ser cambiada por 35 dólares, un dólar equivalía a la misma
cantidad de oro que define al DEG.
Por esta razón, en sus orígenes, un DEG era equivalente a un dólar.
En 1967, la reunión del FMI en Río de Janeiro creó los derechos especiales de giro como unidad de cuenta internacional.
El DEG trata de
resolver algunos de los problemas creados en los sistemas anteriores como son:
Ä La falta de liquidez. Al ser el DEG una moneda artificial puede ser
creada en las cantidades que sean necesarias: va a estar controlado por un
organismo independiente, que es permanentemente aceptado por todos los países
miembros del sistema, el FMI, del que forman parte.
Ä El control. Evita que un único país controle un medio de pago
internacional beneficiándose, a su vez, del mismo.
Ä La variabilidad de la unidad de cuenta. Con la nueva unidad se pretende
que permanezca estable su valor y por ello, se recurre a darle el carácter de
una moneda compuesta o cesta de monedas. La razón lógica que asegura que una
cesta mantiene su valor estable se deriva de varias circunstancias:
El valor de las
monedas en circulación se considera que fluctúa de forma aleatoria y, como
sabemos, la suma de muchas variables aleatorias da como resultado un valor que,
teóricamente, se mantiene estable al anularse la suma de las perturbaciones. De
tal manera que cuanto mayor sea el número de monedas que compongan la cesta,
mayor será su estabilidad.
Hasta el 1-7-76 el valor del
DEG se calculaba en función del dólar. A partir de esa fecha se utilizó una
cesta de 16 monedas, la que fue revisada el 1-7-79 , hasta que finalmente el 1-1-81 se implementó
el sistema actualmente vigente.
La distribución de
los DEG se realiza en función de la cuota (su valor depende del promedio
ponderado del valor de cinco monedas; en marzo de 1994, un DEG equivalía a
1,41) que cada uno de los países tiene en su calidad de miembro, en el FMI,
siguiendo el criterio establecido en la enmienda a la Carta Constitutiva
del Fondo donde se legislan los DEG.
Para decidir la
fecha y el monto de las asignaciones el Fondo realiza estudios tendientes a
detectar la necesidad o no de complementar los activos de reservas ya
existentes, sin olvidar que los países miembros deben colaborar entre sí y con
ese organismo internacional a fin de constituir a los DEG en el principal
activo de reserva del sistema monetario internacional.
La cuota de cada
miembro corresponde a su posición relativa en la economía mundial. La principal
economía, la de Estados Unidos, tiene la mayor cuota, en torno a 19.000
millones de DEGs; la más pequeña asciende a unos 2 millones de DEGs. La
cantidad de la cuota establece el poder de voto de cada miembro en las
reuniones del FMI, cuántas divisas pueden obtener del Fondo y cuántos DEGs
recibirán. Así, la Unión
Europea , posee el 25 % de los votos y Estados Unidos está en
torno al 20 %.
La participación en
el comercio internacional de cada país varía y también lo hace el valor de sus
monedas.
El DEG mantiene su
valor bastante estable. Se utiliza en un principio para las relaciones entre
los países y el FMI. Este último lo utiliza en la concesión de créditos a los
diferentes países y es un sistema de regulación de la liquidez internacional a
través del mecanismo de préstamos, que generalmente se utiliza para completar
las reservas.
Los DEGs son
utilizados comúnmente en las siguientes aplicaciones:
-
Para obtener cualquier moneda de
otro país miembro, a condición de que la transacción se efectúe al tipo de
cambio oficial de la moneda frente al DEG, determinado por el FMI.
-
Como unidad de cuenta en contratos
privados y convenios internacionales.
Para cubrir pérdidas en las reservas de un país.
Para cubrir pérdidas en las reservas de un país.
La introducción de
los DEG en carácter de reservas complementarias no corrigió los defectos de
fondo que padecía el sistema.
Una medida tan extrema por parte de las autoridades norteamericanas demostró lo endeble del sistema de Bretton Woods; al basar toda su mecánica en una moneda de un país en particular. Ya Keynes, había propuesto un sistema mucho más flexible no atado a ninguna moneda corriente sino en base a una moneda convencional creada en función de las necesidades del comercio mundial. No es difícil advertir que los actuales Derechos Especiales de Giro han tenido como antecedente la citada idea de Keynes.
En segundo lugar se
tendió a que los DEG fueran la unidad de valor con referencia a la cual se
expresarían las paridades de las monedas de los distintos países miembros,
recordando que en el sistema original de Bretton Woods, tanto el oro como el
dólar, eran usados para tal fin. A su vez, hasta el 1 de julio de 1974 , los DEG
se valoraban únicamente en término de dólares norteamericanos, existiendo la
relación 1 DEG = 1,20635 dólares. Pero a partir de esa fecha fue puesto en
vigencia un nuevo sistema de valorización de los DEG, como se vio
anteriormente.